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Reglamento
El
presente reglamento complementa e integra con las distintas condiciones
y términos convenidos en la Solicitud de Distribuidor.
1. La Compañía promueve y apoya el uso y la venta
al consumidor de productos a través de una red de distribuidores
independientes.
2. La Compañía a través de sus productos ofrece
la oportunidad a Consumidores y Distribuidores de mejorar su calidad
de vida y acceder a un programa equitativo que permite triunfar
a cualquiera que desee trabajar.
3. La recompensa está basada en el nivel de venta de productos.
Un Distribuidor es un cocontratante independiente cuyo éxito
o fracaso dependen de sus esfuerzos personales.
4. La Compañía proporciona productos a los Distribuidores
quienes los compran para su uso personal y para revenderlos a terceros
consumidores.
5. Los Distribuidores de todos los niveles del plan de Organización
de La Compañía, que integra el presente reglamento
serán estimulados a realizar ventas al consumidor y llevar
registros de dichas ventas.
6. Cualquier persona que compre productos de La Compañía
para su uso final es un "Consumidor". Distribuidor será
la persona, de 21 años de edad o mayor que ha presentado
la Solicitud de Distribuidor y que ha sido aceptado posteriormento
por La Compañía como tal.
7. Los Distribuidores, independientemente de la posición
alcanzada dentro del Plan de Organización podrán comprar
productos directamente a La Compañía a los precios
que fije La Compañía
8. La Compañía GARANTIZA TOTALMENTE LOS PRODUCTOS
que venda. La Garantía otorgada implica que ante la presentación
de un producto fallado, La Compañía ofrecerá
el cambio del mismo o el reembolso del dinero que por el mismo hubiere
recibido. El Distribuidor que efectuó la venta al consumidor
es el responsable del cambio del producto o del reembolso del dinero
según corresponda.
9. Los Distribuidores efectuarán sus órdenes de pedido
mediante el envio de las órdenes de compra preimpresas que
serán otorgadas por La Compañía. Los productos
serán entregados por La Compañía en el domicilio
de La Compañía
10. El Distribuidor deberá revisar la mercadería al
momento de su retiro y notificar de inmediato a La Compañía
la existencia de irregularidades en la calidad o cantidad. La Compañía
no recibirá devoluciones de tarjetas que tengan dañada
la barra protectora del código de seguridad.
11. Todas las órdenes de pedido estarán condicionadas
a la captación por parte de La Compañía
12. La Compañía
ofrece la venta de productos al Distribuidor como así también
recompensas por volumen de acuerdo a lo establecido en el Plan de
Organización, que como anexo, integra el presente.
13. El Distribuidor deberá conducir el negocio dentro de
los términos de acuerdo y distribución en concordancia
a las pautas comerciales de La Compañía El distribuidor
solo podrá revender los productos de La Compañía
a consumidores finales. Aquellos distribuidores que ejerzan actividad
en establecimientos de servicio, peluquerías, salones de
belleza, etc. deberán denunciar tal circunstancia a La Compañía
a fin de que los autorice a revender sus productos en tales establecimientos.
14. Serán causales de resolución de contrato de Distribución
los incumplimientos al mismo por parte de Distribuidor y en particular:
A. Impresión,
reproducción o uso sin autorización de materiales
promocionales.
B. Distribuir
productos de empresas que compitan en el mercado con La Compañía
C. Venta
o exposición de literatura o producto de La Compañía
en comercios de venta al público.
15. Si el Distribuidor desea resolver el contrato de Distribución
sin causa deberá notificar fehacientemente su decisión
a La Compañía
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